A partir del 1 de enero de 2024, entrará en vigencia el nuevo Impuesto Único a los Operadores de Pronósticos Deportivos en Ecuador, luego de que el 16 de junio pasado la Corte Constitucional aprobara la reforma tributaria o Ley de Fortalecimiento de la Economía Familiar.
Se trata de un Impuesto a la Renta, con tarifa de 15 %. Según el Servicio de Rentas Internas (SRI), hay alrededor de 26 sitios de pronósticos deportivos, locales e internacionales, que dan estos servicios en el país.
En Ecuador están prohibidos los negocios de juegos de azar, desde la Consulta Popular de mayo de 2011. Sin embargo, estas plataformas se definen como sitios de pronósticos deportivos, puesto que las apuestas se realizan con base en el conocimiento del participante sobre el deporte en el que está apostando, y no en el azaro la suerte.
Así funcionará el nuevo impuesto
Las empresas de pronósticos deportivos nacionales, es decir, que tienen un Registro Único de Contribuyente (RUC) en Ecuador, tendrán que pagar un 15 % de impuesto sobre sus ingresos netos. Esto significa que, de los ingresos que perciban, tienen que restar el valor que han pagado por concepto de premios a los ganadores de las apuestas y, sobre ese valor, pagar un 15 %. Además, las plataformas de pronósticos deportivos nacionales tienen que retener el 15 % del impuesto sobre el valor del premio a los ganadores de apuestas
Por otro lado, el SRI no ha encontrado todavía el mecanismo para que las plataformas de pronósticos deportivos internacionales paguen directamente el impuesto, pues no tienen oficinas en Ecuador ni representantes en el país. Por eso, la reforma tributaria establece que en estos casos, el 15 % del impuesto se retenga al jugador.











































