El Gobierno de Argentina lanzó un borrador de regulación que, en esencia, mantiene intacto el rápido crecimiento del negocio legal de las apuestas online y se enfoca únicamente en reforzar la prohibición del juego clandestino, una medida ya prevista en la ley actual.
De este modo, evita poner límites significativos a la publicidad de plataformas y no aborda los vínculos comerciales entre casas de apuestas y clubes de fútbol, un punto clave de la propuesta que la Cámara de Diputados ya había aprobado.
Diputados impulsaron restricciones claras para las apuestas en noviembre
Por contraste, la media sanción de Diputados de Argentina —impulsada en noviembre pasado por la Coalición Cívica, Unión por la Patria, la Izquierda y parte de la UCR—contó con el rechazo del oficialismo (36 votos en contra) y la abstención de PRO y un sector radical.
Aquel proyecto establecía restricciones claras en la regulación: limitar la promoción de apuestas, controlar su presencia en eventos masivos, regular el uso de billeteras virtuales y poner en marcha un programa educativo contra problemas del juego.
Acusan connivencia entre dirigentes de fútbol, operadores de juego y Gobierno
Sin embargo, la iniciativa de Sedronar no desarrolla estos puntos. Según legisladores que promovieron la media sanción, la redacción estaba en manos de “Chiqui” Tapia, Daniel Angelici y empresas del sector, lo que sugiere una connivencia entre dirigentes del fútbol, operadores de juego y el Ejecutivo.
Aunque Angelici negó vínculos con la AFA o el Gobierno, admitió haber colaborado con la Cámara de Loterías y Casinos en un texto centrado solo en el acceso de menores.
El borrador oficial no limita patrocinios ni publicidad en eventos deportivos
De acuerdo con información del diario LA NACIÓN, el borrador oficial se limita a prohibir anuncios de operadores no autorizados, sin tocar los patrocinios en camisetas de fútbol ni la publicidad en eventos culturales o deportivos.
Para las plataformas habilitadas, mantiene reglas generales —ya vigentes— que impiden dirigir publicidad a menores o asociarla con beneficios económicos, éxito social, consumo de alcohol o conductas delictivas.
Provincias de Argentina deben definir normas propias para regular las apuestas
Además, el texto insta a provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir y sancionar normas propias, lo cual podría generar demoras mientras cada jurisdicción define su propio marco. Por otra parte, el artículo 21 sugiere que el Banco Central “evalúe” medidas para el uso responsable de pagos en línea, pero sin fijar controles concretos ni límites efectivos.
Plan estratégico contra el juego en línea carece de detalles claros
La propuesta encomienda la elaboración de un “Plan Estratégico de Prevención de los Juegos de Azar en Línea” sin detallar sus contenidos ni mecanismos de ejecución.
Esta vaguedad contrasta con el pedido formal de la Iglesia, que en febrero solicitó a la vicepresidenta Villarruel el pronto tratamiento de la media sanción de Diputados, respaldada por el Episcopado y motivada por el aumento “alevoso” de apuestas compulsivas en jóvenes.
Denuncian trabas políticas en el Senado para debatir la regulación
Por último, la diputada Mónica Frade —una de las autoras del texto de media sanción— denuncia que el oficialismo nunca quiso limitar la publicidad ni las otras medidas y que, desde hace semanas, intenta reactivar el debate en tres comisiones del Senado (Salud; Legislación General; Justicia y Asuntos Penales), donde el expediente sigue frenado por razones políticas más que técnicas.
Ejes centrales de la media sanción de Diputados
- Publicidad y promoción: Prohíbe la promoción de juegos de azar en todos los medios (TV, radio, redes, cartelería, podcasts, festivales y ropa deportiva) y la publicidad encubierta; solo se permite dentro de salas y agencias con leyenda sobre riesgos y un canal de ayuda.
- Bonos y patrocinios: Vetados los acuerdos comerciales con equipos deportivos y los incentivos promocionales.
- Protección de menores: Sistemas de verificación biométrica (reconocimiento facial) conectados al RENAPER para registro y acceso, aplicable también a billeteras virtuales.
- Registro Nacional de Autoexclusión (ReNA): Mecanismo confidencial de exclusión voluntaria para personas con ludopatía, con posibilidad de inscripción solicitada por familiares.
- Obligaciones de operadores: Transparencia total en reglas y probabilidades, acceso al historial de juego, herramientas de prevención y límites automáticos de sesiones, y bloqueo de menores y autoexcluidos.
- Requisitos para licencias: Exclusión de quienes tengan deudas con el Estado, antecedentes por delitos como lavado de dinero, vínculos con reguladores o actividades deportivas, o inhabilitaciones judiciales.
- Modificación a la ley del deporte: Impide que personas vinculadas a empresas de apuestas integren listas electorales en asociaciones deportivas.
- Medios de pago: Solo tarjetas de débito y billeteras electrónicas con límites diarios; se prohíben tarjetas de crédito y cuentas ANSES, con validación biométrica para retiros.
- Campañas informativas: Inclusión en escuelas de actividades sobre riesgos de apuestas en línea, educación financiera y detección de ludopatía.
- Sanciones y delito: Multas (500–100 000 UVA) y responsabilidad de directivos, más penas de prisión de 3 a 10 años por juego no autorizado, con agravantes si hay menores.










































