La Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) de España aprobó nuevas especificaciones técnicas que modifican sustancialmente la forma en que las empresas de apuestas y juegos de azar comunican los riesgos de su actividad. A partir de esta resolución, todos los operadores tienen la obligación de incluir mensajes específicos sobre los efectos dañinos derivados de la ludopatía en sus promociones comerciales.
España cambia el enfoque preventivo
La medida reemplaza el tradicional mensaje de «jugar con responsabilidad» por advertencias directas sobre los peligros del juego patológico y los comportamientos de riesgo. La resolución establece requisitos precisos sobre la forma, tamaño, disposición, contraste y contenido de estos avisos, que también incluyen la prohibición expresa de participación para menores de edad.
Este cambio responde al nuevo paradigma establecido en el Real Decreto 958/2020, de noviembre de 2020, que regula las comunicaciones comerciales de las actividades de juego. La norma se fundamenta en medidas preventivas, de sensibilización y de control ante las graves consecuencias que el consumo de ciertos juegos de azar y apuestas puede generar en determinadas personas.
Fundamento legal y principios
El Real Decreto 958/2020 establece en su Capítulo I del Título I dos principios fundamentales que rigen las comunicaciones comerciales del sector: el principio de juego seguro (artículo 10) y el principio de protección de menores de edad (artículo 11).
El artículo 10.4 faculta a la autoridad reguladora para exigir mediante resolución que las comunicaciones comerciales incluyan un mensaje sobre los efectos dañinos de la ludopatía o del comportamiento de riesgo del usuario. La norma permitía mostrar este mensaje de manera alternativa o acumulativa al aviso de «jugar con responsabilidad», pero la DGOJ optó por la sustitución completa.
Evitar saturación de mensajes
La decisión de reemplazar en lugar de acumular mensajes busca evitar un exceso de advertencias que resulte contraproducente. Según la DGOJ, la proliferación de mensajes potencialmente contradictorios reduce su eficacia y puede confundir al consumidor. Esta orientación sigue la línea del Real Decreto 176/2023, de marzo de 2023, sobre entornos de juego más seguros, que introdujo un nuevo marco de protección para los consumidores de servicios de juego.
Protección de menores en España
En cuanto al principio de protección de menores de edad, el artículo 11 del Real Decreto establece la obligatoriedad de que las comunicaciones comerciales incluyan una advertencia clara de que las personas menores de edad no pueden participar en actividades de juego.
Tanto el apartado 5 del artículo 10 como el apartado 4 del artículo 11 facultan a la autoridad de regulación del juego para establecer las especificaciones técnicas de ambos mensajes, lo que da sustento legal a la resolución aprobada por la DGOJ.
Hacia una regulación más estricta
Esta medida se enmarca en una tendencia europea de endurecimiento de la regulación publicitaria del sector del juego, que busca reducir el impacto de la ludopatía en la población de España.
La nueva normativa representa un paso más en la protección de los consumidores, especialmente de los grupos más vulnerables, al poner el énfasis en los riesgos reales del juego compulsivo en lugar de limitarse a promover la responsabilidad individual.
Los operadores deberán adaptar todas sus comunicaciones comerciales a estas nuevas especificaciones técnicas para cumplir con la legislación vigente.











































