La provincia de Santa Fe implementó un sistema regulatorio completo para las apuestas deportivas a través de la sanción de dos leyes complementarias: la Ley 14.235 y la Ley 14.427. Este marco normativo representa un avance significativo en la legalización del sector de apuestas en Argentina, estableciendo reglas claras tanto para operadores como para apostadores.
La iniciativa busca combatir la operación irregular de plataformas no autorizadas y generar recursos económicos que se destinarán al financiamiento de programas sociales y políticas públicas provinciales. La Caja de Asistencia Social de la Lotería de Santa Fe actuará como autoridad de aplicación y regulador del sistema.
Sistema de licitación sin límite de licencias
Una de las características distintivas del modelo santafesino es la decisión de no establecer un cupo máximo de licencias. A diferencia de otras jurisdicciones que limitan la cantidad de operadores, Santa Fe otorgará permisos a todos los postulantes que cumplan con los requisitos técnicos, económicos y legales establecidos.
El proceso de evaluación estará a cargo de una Comisión Evaluadora especializada, que analizará cada propuesta según criterios de idoneidad, solvencia financiera y capacidad operativa. Este enfoque busca fomentar la competencia en el mercado y ampliar la oferta legal disponible para los usuarios.
Estructura económica: canon y distribución de fondos
El aspecto fiscal del sistema contempla la aplicación de un canon mensual que los licenciatarios deberán pagar al Estado provincial. El porcentaje mínimo establecido es del 15% calculado sobre el resultado bruto mensual de las operaciones.
Los ingresos generados por este gravamen serán administrados directamente por la Caja de Asistencia Social de la Lotería de Santa Fe. Estos recursos se destinarán específicamente al desarrollo de políticas públicas y la implementación de programas sociales en distintas áreas de la provincia.
Las licencias otorgadas tendrán una vigencia de 10 años desde su adjudicación, con la posibilidad de solicitar una extensión adicional que no podrá superar los 24 meses. Esta duración busca garantizar estabilidad a los inversores mientras mantiene la flexibilidad para actualizar el marco regulatorio según las necesidades del mercado.
Disciplinas deportivas habilitadas para las apuestas
La Ley 14.235 establece un amplio espectro de competencias deportivas sobre las cuales se podrán realizar pronósticos. El marco normativo incluye tanto disciplinas populares como deportes de menor cobertura mediática.
Entre las modalidades autorizadas se encuentran el fútbol, baloncesto, tenis, rugby, automovilismo, boxeo y artes marciales mixtas. También se contempla la inclusión de apuestas hípicas online, siempre que no interfieran con los programas oficiales de los hipódromos que operan bajo su propia regulación específica.
Medidas de juego responsable y protección al usuario
El sistema incorpora múltiples herramientas tecnológicas y administrativas orientadas a prevenir conductas problemáticas y proteger a los apostadores vulnerables. Estas disposiciones representan uno de los pilares fundamentales del nuevo marco regulatorio.
Se implementará un sistema de geolocalización obligatorio que verificará en tiempo real que los usuarios se encuentren físicamente dentro del territorio de Santa Fe al momento de realizar sus apuestas. Esta tecnología impide que personas ubicadas fuera de la provincia puedan acceder a las plataformas licenciadas.
La provincia creará un Registro Único de Apostadores que centralizará la información de todos los usuarios habilitados. Este padrón incluye restricciones específicas que excluyen del sistema a determinados grupos. Solo podrán registrarse personas mayores de 18 años, quedando automáticamente inhabilitados quienes figuren en el Registro de Deudores Alimentarios provincial.
Las plataformas deberán incorporar funcionalidades que permitan a los usuarios establecer límites de depósito, restricciones horarias y montos máximos de apuesta. Adicionalmente, se exige la disponibilidad de mecanismos de autoexclusión temporal o permanente para quienes deseen restringir voluntariamente su acceso al sistema.
Cronograma de implementación del sistema
Una vez finalizado el proceso de licitación y adjudicadas las licencias correspondientes, las empresas ganadoras dispondrán de un período de 180 días calendario para completar la puesta en marcha de sus plataformas. Este plazo contempla tanto los aspectos técnicos como la integración con los sistemas de control y fiscalización provincial.
Durante estos seis meses, los operadores deberán desarrollar e implementar toda la infraestructura tecnológica necesaria, incluyendo los sistemas de geolocalización, registro de usuarios, límites de apuesta y conexión con las bases de datos gubernamentales. También deberán cumplir con las auditorías técnicas que certifiquen el correcto funcionamiento de las plataformas antes de su lanzamiento comercial.
El marco contractual establece una duración inicial de 10 años para cada licencia, con la posibilidad de solicitar una extensión única que no podrá exceder los 24 meses adicionales. Este esquema temporal proporciona seguridad jurídica a los inversores mientras permite al Estado provincial realizar ajustes regulatorios periódicos según la evolución del mercado.











