El 22 de diciembre de 2016 se sancionó la Ley 27.346, cuyo artículo 10 incorpora un nuevo artículo (301 bis) al Código Penal: “Será reprimido con prisión de tres a seis años el que explotare, administrare, operare o de cualquier modo organizare, por si o a través de terceros, cualquier modalidad o sistema de captación de juegos de azar sin contar con la autorización pertinente emanada de la autoridad jurisdiccional competente”.
Por ello, la Asociación de Loterías, Quinielas y Casinos Estatales de Argentina (ALEA) eligió hoy para reafirmar el compromiso de lucha contra el juego no autorizado, físico y online y concientizar a la sociedad de la gravedad que implica el juego ilegal (que ha sido elevado a la categoría de delito penal). Para que cuando las personas elijan divertirse practicando juegos de azar y apuestas, lo hagan exclusivamente en sitios legales y de modo responsable.
La entidad y sus miembros realizan diferentes actividades para el desarrollo de estrategias y acciones contra el juego ilegal como reuniones abiertas de los miembros de la asociación con legisladores en el marco del proyecto de ley que luego logró la introducción del nuevo artículo 301 bis del Código Penal, declaraciones sobre juego ilegal y los aspectos negativos de este delito y capacitación junto a integrantes del Poder Judicial y Ministerio Público Fiscal.











































