La Asamblea Legislativa de Rio Grande do Sul en Brasil no pudo sesionar el pasado martes 31 por falta de quórum, lo que dejó sin tratar 16 propuestas que estaban previstas en el orden del día. Entre ellas figuraba el PL 408/2025, un proyecto de ley impulsado por el diputado Tiago Simon del Movimiento Democrático Brasileño (MDB) junto a otro parlamentario, que establece un marco regulatorio estatal para la publicidad de plataformas de apuestas deportivas de cuotas fijas. Las propuestas volverán al pleno el próximo martes 7, donde serán analizadas junto a otros 13 asuntos definidos por los líderes partidarios.
El proyecto, que figuraba como punto 12 en el orden del día, propone complementar la legislación federal vigente —en particular la Ley Federal 14.790 del 29 de diciembre de 2023 y la Ley Federal 13.756 del 12 de diciembre de 2018— con normas adaptadas a las particularidades y necesidades de la población de Rio Grande do Sul. Su objetivo declarado es proteger a los consumidores, salvaguardar a la infancia y la juventud, brindar apoyo a personas vulnerables y contribuir a la prevención de la ludopatía y el sobreendeudamiento.
Advertencias obligatorias en todos los anuncios en Brasil
Uno de los ejes centrales del PL 408/2025 es la obligatoriedad de incluir advertencias sobre los riesgos del juego en todos los anuncios de plataformas de apuestas deportivas en Brasil. Estas advertencias deben ser visibles y legibles, con un tamaño de fuente mínimo equivalente al 15% del área total del anuncio. En el caso de los formatos de audio, el mensaje de advertencia deberá transmitirse al mismo volumen y velocidad que el contenido principal, para evitar que se diluya o resulte imperceptible.
El proyecto también prohíbe de manera expresa cualquier contenido publicitario dirigido, directa o indirectamente, a menores de 18 años, incluido el uso de animaciones, mascotas, personajes ficticios, sistemas de inteligencia artificial o recursos visuales que puedan resultar atractivos para niños y jóvenes.
Restricciones de horario y zonas geográficas protegidas
En materia de horarios, el proyecto establece que la publicidad audiovisual de apuestas deportivas solo podrá emitirse entre las 21:00 y las 06:00 horas, tanto en televisión abierta y de pago como en plataformas de streaming y radio. Fuera de esa franja horaria, los anuncios quedarán prohibidos salvo que cuenten con una segmentación de edad certificada para mayores de 18 años.
A nivel geográfico, la iniciativa prohíbe la publicidad en las inmediaciones de escuelas, guarderías, instituciones educativas y recintos deportivos frecuentados principalmente por menores. Esta restricción territorial busca generar zonas de protección en los entornos donde niños y adolescentes tienen mayor presencia, una medida que ya se debate en otros países de la región, incluida Argentina.
Sanciones y responsabilidad compartida
El régimen de sanciones previsto en el PL 408/2025 establece una cadena de responsabilidad que va más allá de los operadores de apuestas e involucra a agencias de publicidad, medios de comunicación y proveedores de servicios de internet que difundan o no bloqueen contenido irregular. Esta responsabilidad solidaria busca cerrar los vacíos que, en la práctica, permiten que publicidad prohibida siga circulando porque cada eslabón de la cadena traslada la responsabilidad al siguiente.
Las sanciones van desde una advertencia inicial con un plazo máximo de 30 días para regularizar la situación, hasta multas duplicadas en caso de reincidencia, suspensión temporal de la publicidad por entre 30 y 180 días, suspensión de la autorización para operar en el estado y, en casos extremos, la cancelación del registro estatal. Los fondos recaudados mediante multas se destinarán al Fondo Estatal de Protección al Consumidor y a programas de prevención de la ludopatía, creando así un mecanismo de reinversión directa en las problemáticas que la propia ley busca combatir.
Las empresas que ya operan en el estado tendrán 120 días desde la publicación de la norma para adaptar sus campañas publicitarias y contratos de patrocinio a las nuevas disposiciones.
El debate constitucional de fondo
La iniciativa no está exenta de tensiones jurídicas. En Brasil, cuando una ley estadual contradice una ley federal, el conflicto se resuelve en favor de la norma federal, con base en el principio de jerarquía normativa y la distribución de competencias legislativas establecida por la Constitución Federal de 1988. Esto significa que, si alguna disposición del PL 408/2025 colisionara con la legislación federal vigente, podría ser declarada inconstitucional.
Este es el escenario que rodea la próxima sesión del martes 7, cuando los legisladores de Rio Grande do Sul retomen el debate. La posibilidad de que parte del articulado sea cuestionado en sede judicial no anula el valor de la iniciativa como señal política, pero obliga a los impulsores del proyecto a asegurarse de que cada restricción propuesta se enmarque dentro de los márgenes que la competencia estatal permite.











































