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Chile: Se aprobó el protocolo para que vuelvan a abrir los casinos

El protocolo permite la apertura gradual de los casinos de juego que se ubiquen en las comunas que se encuentren en los Pasos 3, 4 o 5 del plan “Paso a Paso, Nos Cuidamos”.

La Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) de Chile informó a las sociedades operadoras y concesionarias de casinos de juego, la aprobación y vigencia del “Protocolo de manejo y prevención ante COVID-19 en casinos y establecimientos de juego y entretención”, que permite la reapertura de los establecimientos en el marco del plan “Paso a Paso, Nos Cuidamos”.

Para elaborar este protocolo, la Superintendencia preparó una propuesta con un conjunto de medidas a implementar por las sociedades operadoras y concesionarios municipales de casinos de juego, para lo cual se consideró la información proporcionada por aquellas, por la Asociación Chilena de Casinos de Juego (ACCJ), así como la remitida por representantes de los sindicatos de trabajadores del sector. Este documento fue remitido por el Ministerio de Hacienda al Ministerio de Salud para su aprobación.

Los ministerios de Salud y de Economía generaron el citado protocolo, el cual define los distintos pasos de apertura a los que pueden optar los casinos de juego, así como las medidas e indicaciones sanitarias que deben ser atendidas por los respectivos establecimientos.

El protocolo permite la apertura gradual de los casinos de juego que se ubiquen en las comunas que se encuentren en los Pasos 3, 4 o 5, de acuerdo con las condiciones que se establecen en el citado documento y en las actualizaciones que se realicen a éste, en el caso que corresponda.

Es importante señalar que sigue vigente la instrucción de reapertura obligatoria de los casinos de juegos en aquellas comunas que entren en el Paso 5 Apertura Avanzada, establecida en la Circular N°31 de la Superintendencia, de fecha 10 de agosto de 2020, en tanto que el plazo máximo para reiniciar las operaciones, a partir de la entrada en vigor de esta etapa, se amplía a diez días hábiles. Por su parte, la reapertura de estos recintos ubicados en aquellas comunas que se encuentren en los Pasos 3 y 4 será de carácter voluntaria.

Una vez que las sociedades operadoras y concesionarias municipales de casinos de juego reinicien las operaciones deberán mantener el funcionamiento a lo menos durante tres días a la semana, mientras la comuna respectiva se mantenga en los Pasos 3, 4 o 5.

El protocolo de reapertura ordena que en las entradas y salidas de los casinos se debe disponer un sistema de control y registro de clientes e información de contacto con el objeto de poder realizar trazabilidad. Para la aplicación de esta medida, las sociedades operadoras y concesionarias de casinos municipales deberán observar el debido resguardo y tratamiento de los datos personales y sensibles de los clientes, mediando su previo, voluntario e informado consentimiento.

Finalmente se reitera que previo a la apertura, ya sea esta voluntaria, en las comunas que se encuentren en Paso 3 y Paso 4, como aquellas de carácter obligatorio que se encuentren en Paso 5, dichas sociedades deberán informar a la Superintendencia la fecha de inicio de operaciones con una anticipación mínima de cinco días hábiles, acompañando un informe con todas las medidas adoptadas para ajustar su funcionamiento a lo exigido por el protocolo.

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