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“La futura norma sobre juego online debe procurar no desalentar la inversión extranjera”

Nicolás Samohod Rivarola, director del Estudio Vidal Cáceres Abogados, brinda recomendaciones regulatorias en materia tributaria para la próxima legislación de apuestas deportivas y juegos por internet.

Por Nicolás Samohod Rivarola, director del Estudio Vidal Cáceres Abogados

Estando frente a una inminente y próxima regulación legal de las apuestas deportivas y juegos por internet en Perú, recomendamos que la futura norma debe procurar contemplar exigencias cuyo obligatorio cumplimiento no desaliente la inversión extranjera mediante requisitos onerosos y/o antitécnicos que se pretendan imponer dentro de un marco legal poco práctico y menos meditado. Como por ejemplo sería el obligar al operador no domiciliado a fijar un domicilio fiscal en el país.

Se genera nuestra reflexión debido a que recientemente hemos leído en los medios el plan del gobierno de Brasil de “obligar” a las casas de apuestas deportivas extranjeras a tener una “sede” en dicho país. Esto nos motiva la siguiente opinión, cuyos breves apuntes compartimos, con relación al sano equilibrio que debe existir entre la lógica función recaudadora de la administración tributaria frente a las necesarias facilidades para que el inversionista extranjero desarrolle actividad empresarial en el país.

Es decir, la entendible necesidad de la administración tributaria que el contribuyente tenga un domicilio fiscal no debe colisionar ni oponerse a la libertad o potestad que el administrado tiene de planificar y diseñar su propia política corporativa en el país de destino de su inversión, sin tener que constituir necesariamente “sedes” en el país porque así lo ordene el gobierno. Debiendo ser suficiente para el contribuyente el cumplir con cualquiera de las posibilidades o alternativas de domicilio fiscal que el ordenamiento jurídico nacional permite para todos.

La manera de buscar una eficaz recaudación fiscal es alentando la actividad económica con regulaciones operativamente viables e inteligentes, diseñadas y legisladas para lograr y acceder al objetivo fiscal deseado, no estableciendo trabas, impedimentos administrativos ni cortapisas regulatorias que desalienten la inversión extranjera.

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