En una sesión conjunta, el Congreso Nacional de Brasil rechazó parte del veto presidencial (VET 49/2023) al Proyecto de Ley (PL) 3626/2023, el cual dio origen a la Ley 14790/2023 que regula las apuestas deportivas online.
Medios brasileños informaron que esta acción afecta a los párrafos 1, 2 y 3 del artículo 31 del PL 3626/2023, que establecían que la tributación del impuesto sobre la renta sobre los valores recibidos por los apostadores consideraría el premio neto de las apuestas realizadas cada año, después de la deducción de las pérdidas incurridas con apuestas de la misma naturaleza.
Como resultado de la eliminación de los vetos, la Receita (Hacienda) Federal de Brasil tendrá que emitir una nueva Instrucción Normativa para regular el Impuesto de Renta de los apostadores.
Cabe recordar que la Ley 14790 regula las apuestas de contrapartida, que son aquellas en las que el apostante conoce la tasa de rentabilidad en el momento de realizar la apuesta, generalmente relacionada con eventos deportivos.
Los senadores y diputados votaron para revocar el veto a la sección de la ley que exime a los apostadores del impuesto sobre la renta si sus ganancias son inferiores al primer tramo del impuesto sobre la renta.
Con la promulgación y reincorporación de este artículo a la ley, las ganancias mensuales de estas apuestas de hasta 2 640 reales estarán exentas del impuesto a la renta.
Para el cálculo del impuesto, se considerará como premio neto el resultado positivo obtenido en las apuestas de cuota fija realizadas cada año, una vez deducidas las pérdidas sufridas.
El Congreso mantuvo su veto al artículo que habría otorgado la misma exención fiscal para los premios obtenidos en bonos de capitalización en la modalidad de filantropía adjudicable.
Los parlamentarios también decidieron mantener el veto al apartado que establecería los valores de las tasas de autorización para la distribución de premios, que varían según el monto pagado.
Los detalles sobre la votación en el Congreso Nacional de Brasil sobre el VET 49/2023 pueden consultarse en el enlace https://www.congressonacional.leg.br/materias/vetos/-/veto/detalhe/16269.











































