En relación con la querella presentada por Polla Chilena de Beneficencia en contra de diversas empresas procesadoras de pago, entre ellas ProntoPaga, y que se ha dado a conocer a través de algunos medios de comunicación, queremos informar lo siguiente:
Como ProntoPaga tenemos la absoluta y certera claridad que el procesamiento de pagos en favor de comercios locales y extranjeros es una actividad completamente lícita conforme a la legislación chilena, por lo que carecen de total veracidad las imputaciones de supuestos ilícitos penales asociados a las operaciones de nuestra empresa.
Con absoluta responsabilidad, queremos transmitir tranquilidad a los diferentes actores del mercado financiero local. Nuestra empresa cuenta con mecanismos activos de prevención de lavado de dinero y otros delitos, que derriban del todo los hechos señalados en la querella.
Adicionalmente, recordar que no es primera vez que Polla Chilena imputa delitos que luego son desestimados por las debidas instancias. Cabe recordar que anteriormente los mismos hechos ya fueron investigados por el Ministerio Público y sometidos a conocimiento de los Tribunales de la República, en un procedimiento que ya se encuentra terminado (8º Juzgado de Garantía de Santiago, RUC 2200207498-6, RIT 3414 – 2022).
Ese proceso se inició el año 2022 y fue cerrado el 2025, fecha en la que la Fiscalía decidió comunicar su decisión de no perseverar por no haber reunido antecedentes para fundamentar acusación alguna. En dicho contexto, resulta preocupante que Polla no haya sido capaz de adaptarse al proceso de transformación tecnológica que vive su sector y que, con este tipo de acciones, intente sostener una posición dominante que atenta contra la economía y el desarrollo de nuevas tecnologías y negocios.
En lo que a ProntoPaga respecta, nos hacemos cargo de las necesidades que requiere una industria moderna de tecnología financiera y, para ello, nuestros mecanismos de protección y detección temprana de fraudes y de procesos AML/PLAFT son robustos y de alta calidad. Todos los clientes en ProntoPaga pasan por un proceso de KYB y debida diligencia reforzada, que cumple con los más altos estándares mundiales en materia de prevención de lavado.
Además, contamos con diversas herramientas de monitoreo transaccional, que refuerzan nuestra filosofía basada en la prevención, la que se traduce en la implementación, desarrollo y obtención de certificaciones y herramientas como:
- Certificaciones PCI V 4.0 e ISO 27001.
- Tecnología de vanguardia para la protección de la información y prevención de fuga de datos, junto con equipos especialistas en un monitoreo continuo de nuestras plataformas, que nos permite identificar, analizar y responder oportunamente a distintas tipologías de fraude.
- Regcheq para onboarding de clientes: que centraliza y automatiza los procesos de onboarding y monitoreo de terceros en una sola plataforma.
- Veriff: herramienta de verificación biométrica.
- Protección de datos con estándar europeo.
- Implementación de departamentos de riesgo, compliance y fraude.
- Desarrollo de software AML que corre contra listas OFAC y de Naciones Unidas. Además, contamos con otras herramientas orientadas a prevenir fraudes transaccionales.
En ProntoPaga desarrollamos una estructura robusta de compliance para entregar un servicio de alto estándar a nuestros clientes y partners. Fuimos la primera empresa procesadora de pagos en registrarnos de manera proactiva y voluntaria ante la Unidad de Análisis Financiero para lavado de activos y financiamiento del terrorismo (UAF) y mantenemos una reportería de casos de manera activa.
Somos una compañía con sólidas bases operativas, mitigamos los riesgos de manera responsable de cara a todas nuestras audiencias y, con la misma energía, creemos que adquiere total relevancia y urgencia la tramitación del proyecto de ley que regulará el juego en línea, el que se encuentra actualmente en segundo trámite legislativo en el Senado.
Con el mismo sentido de responsabilidad y proactividad, y para mayor certeza jurídica de nuestras operaciones con comercios ubicados en el extranjero, entre ellos las plataformas de juego online, en diciembre de 2025 hemos presentado ante el 18° Juzgado Civil de Santiago (Rol C 16732-2025) una acción de mera certeza con el objetivo de que el Tribunal idóneo para conocer de estos temas sentencie que la actividad de procesamiento de pagos a favor de comercios extranjeros de apuestas en línea no se encuentra prohibida y que, en consecuencia, constituye una actividad económica lícita en el marco de la libertad de empresa garantizada constitucionalmente.











































