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Chile: El SII excluye del régimen de IVA por ser “actividades ilícitas” a las plataformas de apuestas

La semana pasada, el Servicio de Impuestos Internos les asestó un duro golpe a las plataformas extranjeras, al declarar como “ilícitas” sus actividades y dejarlas fuera del régimen simplificado de tributación.

Desde hace un par de años es común toparse en la televisión, la calle, la radio o las redes sociales con múltiples avisos publicitarios de plataformas de apuestas online, que prometen altas rentabilidades en base a acertarle a los azarosos resultados deportivos. Varios de los principales clubes del campeonato profesional de fútbol, por ejemplo, son auspiciados por estas casas de apuestas.

La semana pasada, el Servicio de Impuestos Internos (SII) de Chile les asestó un duro golpe a las plataformas extranjeras, al declarar como “ilícitas” sus actividades y dejarlas fuera del régimen simplificado de tributación del IVA para prestadores foráneos.

Esta decisión quedó materializada en la resolución Número 26 del 14 de marzo de este año, firmada por el director del SII, Hernán Frigolett. En el texto, el organismo define que puede excluir del régimen de tributación simplificado para proveedores, que no tengan domicilio ni residencia en Chile, pero que presten servicios en el país, que realicen una actividad calificada como “ilícita” o incluyan contenidos calificados como tales.

La inscripción en dicho régimen, creado con la entrada en vigencia del IVA a los servicios digitales en 2020, se permite solo para los prestadores extranjeros y es automática, pero en la resolución el SII plantea que bajo ciertas condiciones puede excluir a algunos contribuyentes.

¿Qué tiene que ver esto con las plataformas de apuestas online?

En la resolución, el servicio señala que en oficios de enero y junio del 2022 la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) le informó que, salvo los juegos de azar online desarrollados por la Lotería de Concepción, Polla Chilena de Beneficencia y Teletrak, que cuentan con una norma “expresa” que los habilita para operar en línea, las demás personas naturales o jurídicas no pueden desarrollar juegos de azar en esta modalidad, al “no contar con una norma de rango legal expresa que los habilite para ello”.

“Bajo este contexto, quedarían fuera del marco legal vigente los denominados casinos o plataformas de juego desarrollados por operadores sin domicilio ni residencia en Chile y que carecen de autorización para funcionar”, explicaron desde el SII.

El subdirector de Normativa del SII, Simón Ramírez, detalla que la resolución busca “impedir” que el régimen simplificado de tributación se utilice como plataforma para realizar una actividad declarada como ilícita por la SCJ. “En este sentido, es muy importante que el Estado actúe en forma conjunta para asegurar el cumplimiento de la legislación vigente”, recalca Ramírez.

Esta resolución del organismo fiscalizador se da en momentos en que el Congreso de la República discute un proyecto de ley que regula la operación de dichas plataformas, mientras que en paralelo el gobierno prepara un proyecto de impuestos correctivos que, entre otros temas, abordará la tributación de los casinos digitales y las casas de apuestas online.

Desde el servicio recalcan que la resolución también puede aplicarse a otros contribuyentes no domiciliados ni residentes en Chile que presten otros servicios en contravención con el ordenamiento jurídico chileno.

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