La Secretaría de Premios y Apuestas (SPA) del Ministerio de Hacienda de Brasil prohibió la implementación de funciones de interacción social dentro de las plataformas de apuestas deportivas autorizadas en el país. La decisión quedó plasmada en la Circular Oficial SEI No. 1062/2026/MF, firmada por Renato Pérez Pucci, Coordinador General de Supervisión de Apuestas, y fue emitida en respuesta directa a una consulta formulada por Kaizen Gaming Brasil Ltda., empresa que tenía previsto lanzar una red social propia para sus apostadores registrados.
La circular no se limita al caso puntual de Kaizen: está dirigida a todos los directores de relaciones de las plataformas de apuestas de cuotas fijas y juegos en línea autorizadas ante el Ministerio de Hacienda, por lo que su alcance regulatorio abarca al conjunto del sector.
El producto que desencadenó la prohibición en Brasil
Kaizen Gaming había concebido una plataforma de interacción restringida a sus propios usuarios, donde los apostadores podrían compartir sus apuestas y actividad de casino mediante texto predefinido. El diseño incluía páginas de perfil personalizadas, un índice de influencia basado en la interacción entre usuarios, tablas de clasificación y perfiles verificados para exatletas, embajadores de marca e influencers dentro de la plataforma.
La empresa argumentó que se trataba de un entorno cerrado y moderado, diferenciado de redes sociales abiertas como Instagram o Facebook. Sin embargo, la SPA rechazó esta distinción de forma explícita.
Por qué la SPA rechazó el argumento del entorno cerrado
El regulador consideró que el intercambio de boletos de apuestas, resultados o cualquier dato relacionado con la actividad de juego entre usuarios, aun en un entorno público y moderado, constituye una forma indirecta de transferencia de datos entre apostadores. Esta práctica contraviene el punto 12 del Anexo II y el punto 8 del Anexo III de la Ordenanza SPA/MF No. 722/2024, cuya redacción prohíbe la transferencia de datos de cualquier tipo entre apostadores con un alcance más amplio que las restricciones específicas al chat.
La SPA añadió que una red creada dentro de una plataforma de apuestas para la circulación de comentarios sobre eventos deportivos y juegos en línea no puede equipararse a la interacción espontánea que ocurre en redes generalistas. Se trata, según el organismo, de un entorno controlado por el operador con fines comerciales definidos, donde compartir apuestas entre usuarios es un componente integral de la experiencia comercial ofrecida por la empresa, no un acto libre del consumidor.
El juego responsable como eje central de la decisión regulatoria
Más allá del debate sobre la transferencia de datos, la SPA identificó un segundo eje de preocupación igualmente relevante: el impacto sobre el juego responsable. La Nota Técnica SEI No. 4910/2025/MF, que sustenta la circular, establece que la integración de interacciones sociales con plataformas de apuestas requiere especial precaución, dado que ambos entornos presentan características potencialmente adictivas. La exposición prolongada a dinámicas de participación continua puede contribuir a comportamientos compulsivos en los usuarios.
El elemento de influencia recibió atención específica en el análisis técnico. La creación de perfiles verificados para exatletas y embajadores de marca fue señalada como un factor que refuerza la influencia que estos agentes ejercen sobre otros apostadores. La nota técnica indica que dicha influencia tiene relevancia económica directa y puede afectar de manera significativa el comportamiento del consumidor en materia de apuestas.
Las tablas de clasificación basadas en ganancias, volumen o tiempo de apuesta tampoco superaron el escrutinio regulatorio. La SPA las clasificó dentro de las estrategias de gamificación ya prohibidas por la Ordenanza SPA/MF No. 722/2024 por su potencial para fomentar conductas de riesgo.
Consecuencias para los operadores autorizados
Para los operadores que ya ofrezcan o planeen lanzar funcionalidades similares, la circular establece consecuencias concretas: la identificación de estas herramientas en una plataforma dará inicio a un proceso de inspección y, eventualmente, a un procedimiento de sanción administrativa.
La SPA también señaló que esta cautela regulatoria no es exclusiva de Brasil. En varios mercados regulados a nivel internacional, los organismos supervisores han expresado una preocupación creciente por las características que incrementan la frecuencia, la intensidad o la duración de la participación de los consumidores en actividades de apuestas, lo que sitúa la decisión brasileña en línea con una tendencia global de endurecimiento regulatorio en materia de diseño de productos de juego.











































