El Tribunal Supremo de España admitió a trámite un recurso de casación que abre un nuevo capítulo en el debate sobre el alcance de las competencias municipales para limitar la implantación de salones de juego, bingos y casinos mediante instrumentos urbanísticos.
El recurso fue presentado por el Ayuntamiento de El Prat de Llobregat contra una sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), que había anulado la normativa municipal diseñada para restringir al máximo la instalación de nuevos locales de juego.
Un conflicto que arrancó en la pospandemia
La disputa tiene su origen en los años posteriores a la pandemia, cuando varios municipios catalanes —entre ellos El Prat, Barcelona y L’Hospitalet— recurrieron a sus competencias urbanísticas para blindar el espacio público frente a la proliferación de locales de juego. El objetivo declarado fue proteger a los sectores de población más expuestos al riesgo de adicción.
La Patronal del Joc Privat de Catalunya (Patrojoc) impugnó esas restricciones ante la justicia, argumentando que los consistorios se habían excedido en sus atribuciones. El TSJC le dio la razón al sector privado y tumbó los planes de El Prat y de Barcelona, al considerar que la regulación del juego es una competencia exclusiva de la Generalitat de Catalunya, no de los gobiernos locales.
Qué deberá resolver el Supremo
La organización patronal estatal llevó el caso hasta la última instancia judicial. Ahora, el Tribunal Supremo tendrá que determinar si la autonomía local y las competencias urbanísticas son suficientes para que un municipio imponga distancias mínimas, zonas de exclusión u otras condiciones de emplazamiento a los locales de juego, o si esa facultad corresponde exclusivamente a administraciones de rango superior.
La resolución no se limitará a este caso puntual: al tratarse de un recurso de casación, fijará un criterio interpretativo aplicable a otros municipios de toda España que hayan adoptado o pretendan adoptar medidas urbanísticas similares.
Una localidad sin locales de juego en su núcleo urbano
El Prat de Llobregat no cuenta en la actualidad con ningún bingo ni casino dentro de su casco urbano. La única licencia activa para un establecimiento de juego asociado a su territorio corresponde a un local situado en el centro comercial Splau, que desde el punto de vista geográfico forma parte del continuo urbano de la vecina Cornellà de Llobregat.
Desde Patrojoc utilizan este dato para cuestionar el alcance real de la medida municipal y han expresado sorpresa por la decisión del Supremo de admitir el recurso, ya que el alto tribunal ya se había pronunciado anteriormente en un litigio similar relacionado con Barcelona.
Catalunya, la comunidad con menor densidad de locales de juego
Mientras se espera la resolución, conviene situar el debate en su contexto regulatorio. Catalunya cuenta con una de las normativas autonómicas más restrictivas de España en materia de juego presencial. La Generalitat prohíbe la apertura de nuevos salones a menos de 1.000 metros de distancia de uno ya existente, o a menos de 100 metros de centros educativos. Además, fija un tope máximo de 126 salones de juego, 75 bingos y cuatro casinos para todo el territorio catalán.
El resultado de estas restricciones es medible: Catalunya registra apenas 2,4 locales de juego por cada 100.000 habitantes, muy por debajo de la media nacional de 8,8. Entre 2015 y 2024, el número de establecimientos en la comunidad creció solo un 13,3%, frente al 43,9% de incremento promedio registrado en el conjunto de España.
Pese a estas cifras, la preocupación por el juego entre menores persiste.
Nuevos límites de depósito para el juego online en toda España
En paralelo a este litigio urbanístico, el Gobierno central avanzó en otro frente regulatorio: el control del gasto en plataformas de juego online. El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, aprobó un Real Decreto que establece un nuevo sistema de límites de depósito conjuntos por persona, aplicable de forma transversal a todos los operadores.
La medida sustituye al esquema anterior, en el que cada operador establecía su propio límite de forma independiente, lo que en la práctica permitía a un mismo usuario superar los topes previstos distribuyendo su actividad entre distintas plataformas.
Con la nueva normativa, los límites globales por persona quedan fijados en aproximadamente 798 dólares diarios, 1.995 dólares semanales y 3.762 dólares en un período de cuatro semanas (cifras convertidas a un tipo de cambio referencial de 1 euro equivalente a 1,14 dólares). El cambio busca cerrar el resquicio que permitía eludir los controles de gasto operando en múltiples sitios de forma simultánea.











































