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Europa pone en duda la legalidad de la ley de juego de Malta

Malta

Esta norma, incorporada a la legislación maltesa hace menos de dos años, obliga a los tribunales del país a negarse a reconocer o ejecutar sentencias dictadas en el extranjero contra operadores que cuenten con licencia maltesa, siempre que esas sentencias se basen en la ilegalidad de servicios que la ley local permite. En la práctica, funciona como un escudo legal que protege a la industria local frente a reclamaciones provenientes de otros estados miembros de la Unión Europea.

Qué decidió el abogado general del TJUE

El 23 de abril, el abogado general Nicholas Emiliou publicó su dictamen en el asunto C-683/24, iniciado a partir de una consulta elevada por un tribunal austriaco que solicitaba una decisión prejudicial sobre la compatibilidad del Proyecto de Ley 55 con el derecho europeo.

La conclusión procesal fue clara: Emiliou consideró que la solicitud austriaca no debía admitirse a trámite. Su argumento central fue que la cuestión que el tribunal de Austria tenía ante sí no era, en sentido estricto, si la norma maltesa es legal según el derecho de la Unión, sino si un abogado que emitió un dictamen sobre ese asunto actuó con la debida diligencia profesional. Se trata de una valoración regida por la legislación nacional austriaca, que queda fuera del ámbito de competencia del TJUE en materia prejudicial.

Sin embargo, el abogado general no se limitó a rechazar la consulta por razones formales. Aprovechó el dictamen para pronunciarse sobre el fondo de la cuestión y sus conclusiones son significativas.

Un dictamen que no obliga, pero que manda una señal clara

Aunque el dictamen de un abogado general no es vinculante para el pleno del tribunal, tiene un peso considerable en la práctica. Emiliou identificó dos problemas de fondo con el Proyecto de Ley 55.

El primero es conceptual. La norma parece apoyarse en la idea de que una licencia de juego emitida en Malta autoriza automáticamente a sus titulares a operar en cualquier país de la Unión Europea, con la simple condición de cumplir la regulación maltesa. Esa interpretación de la libertad de prestación de servicios, según el abogado general, es precisamente la que el tribunal ha rechazado de manera sistemática.

El segundo problema es de motivación. Emiliou concluyó que la medida parece diseñada ante todo para proteger una industria que el propio gobierno maltés reconoce como estratégica para su economía nacional. Y en el derecho europeo ese argumento no es suficiente: los intereses económicos de un Estado miembro no pueden justificar el uso de la cláusula de orden público para bloquear la ejecución de sentencias dictadas válidamente en otro país de la Unión.

El debate sobre el Reglamento Bruselas I bis

Lo que subyace a este litigio es una tensión más amplia sobre la arquitectura judicial de la Unión Europea. El Reglamento Bruselas I bis establece las reglas para el reconocimiento y la ejecución de resoluciones civiles y comerciales entre los estados miembros. Su propósito es garantizar que una sentencia dictada en un país de la UE pueda hacerse efectiva en otro sin obstáculos injustificados.

Si Malta puede blindar legalmente a sus operadores frente a esas sentencias, el principio de confianza mutua entre sistemas judiciales, que es uno de los pilares del mercado interior europeo, quedaría seriamente debilitado. Es por eso que operadores, reguladores y abogados especializados de todo el continente siguen este caso con atención.

Qué viene ahora: el tribunal y la Comisión Europea

El caso pasa ahora a los jueces del TJUE, que llegarán a sus propias conclusiones con independencia del dictamen de Emiliou. No existe un plazo fijo para esa decisión y los especialistas anticipan que el fallo definitivo podría demorarse considerablemente.

Paralelamente, la Comisión Europea mantiene abierto un procedimiento de infracción contra Malta por esta misma cuestión, aunque su desenlace resulta más difícil de predecir. Terence Cassar, abogado maltés especializado en juego, describió el dictamen como una noticia ambigua: la inadmisibilidad evitó un golpe directo a la norma, pero los comentarios sustantivos de Emiliou no favorecen a la industria ni a la jurisdicción maltesa.

Como señaló el propio Cassar, por ahora no hay nada nuevo con repercusiones legales concretas. Pero la dirección que apunta el dictamen es inequívoca: el Proyecto de Ley 55 tiene los días contados si el pleno del tribunal decide examinarla.

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