El Ministerio de Salud (Minsa) de Perú retiró las restricciones de aforo impuestas a los comercios, centros de esparcimiento e instituciones que involucren espacios cerrados, impuestos desde la llegada de la COVID-19 al país.
A través de un Decreto Supremo, además, se amplía el estado de emergencia nacional por 32 días “por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas″, pero ya no mencionó las restricciones que se imponían hasta el momento, que paulatinamente fueron incrementando los aforos de 40 %, 60 % y 80 %, de acuerdo con las características sanitarias de cada región.
La medida remarca que todos los mayores de 18 años que ingresen a estos espacios cerrados tendrán que presentar su carnet físico o virtual que acredite haber completado todo el esquema de vacunación (dos dosis), mientras que los mayores de 40 años deberán contar además con la dosis de refuerzo (tres dosis).
Entre las imposiciones que se mantendrán figura la obligatoriedad del uso de una mascarilla KN95 o dos simples, en espacios públicos abiertos y cerrados, y la suspensión de desfiles, fiestas y todas las reuniones que impliquen aglomeración de personas.











































