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Países de la región avanzan hacía la regulación del juego online

Uruguay y Brasil han presentado proyectos de Ley para autorizar el juego en línea ante la necesidad de atender una actividad que está prohibida en estos países, pero que su desarrollo y trascendencia es inminente.

El Ministerio de Economía y Finanzas de Uruguay presentó al Parlamento un proyecto de ley para facultar al Poder Ejecutivo a “explotar directamente el juego online, así como a autorizar dicha modalidad de juego a aquellos que previamente hubiesen obtenido la concesión o permiso de explotarlo en forma presencial”, según indica dicha propuesta.

El proyecto, firmado por el presidente Luis Lacalle Pou el 17 de noviembre, habilita a la Dirección General de Casino a ofrecer servicios de juego en línea, y faculta al Ejecutivo a autorizar a empresas privadas que ya exploten casinos o a nuevos concesionarios habilitados en el futuro a prestar el mismo sistema de juego.

“Corresponde, en consecuencia en la presente instancia, visto el avance y trascendencia que los juegos a través de Internet poseen ya en el presente, y seguramente alcanzarán en el futuro, habilitar a la Unidad Ejecutora Dirección General de Casinos a explotar los juegos que tradicionalmente desarrolla a través de las plataformas tecnológicas, en el entendido de que gran parte de la actividad lúdica será ejercida en el futuro a través de las mismas”, señala la exposición de fundamentos del proyecto de ley.

PRINCIPALES RAZONES

El proyecto de ley refiere al artículo 244 de la ley 19.535 de 2017 que establece que “la prestación de servicios a través de Internet, plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas o similares referidas a juegos de azar o apuestas online, se encuentra alcanzada por el principio de ilegalidad”. La única excepción son las apuestas deportivas, habilitadas en 2002, y cuya explotación está en manos de La Banca.

En su artículo 1, el proyecto de ley establece que “sin perjuicio” de lo dispuesto en el artículo 244 de la ley 19.535, se facultará a la Dirección General de Casinos “a prestar la actividad de juegos de casinos tales como póker, ruleta, slots, entre otros, creados o a crearse, bajo la modalidad ‘on line’ a través de Internet, plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas o similares”. El artículo 2 dispone la creación, en la Dirección General de Casinos, de “un fondo común de hasta un 8 % de la utilidad bruta mensual de dicha explotación, que se distribuirá entre los funcionarios del Programa de la misma, a título de beneficio salarial”.

Finalmente, cabe destacar que el Ejecutivo será el encargado de reglamentar puntos como los juegos a autorizar, los medios de pago habilitados, la distribución de utilidades y el canon a cobrar, cuando la explotación corresponda a operadores privados.

Países de la región avanzan hacía la regulación del juego online

RUMBO A LA AUTORIZACIÓN

Brasil es otro de los países de la región que también ha publicado la primera versión de la Ley de Juego, pero este proyecto está enfocado en autorizar la operación de casinos, bingos, apuestas deportivas, juego online y juegos de habilidad, ya que está prohibido. Además, busca legalizar el popular “jogo do bicho” (Juego de los animales) que se había convertido en una de las mayores loterías ilegales del mundo.

El proyecto ha sido elaborado por el diputado Felipe Carreras, que avanza sobre la revisión del PL 442/91. Pero, el texto presenta algunas imprecisiones en relación a las modalidades a aprobarse, y la forma de explotación de los juegos de azar, pero autoriza la operación de casinos, bingos, apuestas deportivas, juego online y juegos de habilidad, además de legalizar el jogo do bicho.

Ahora bien, el texto propone la creación de un organismo regulador denominado Sistema Nacional de Juegos y Apuestas, así como también del Registro Nacional de Jugadores y Apostadores, para garantizar el control de la actividad desde el punto de vista del jugador.

Por otro lado, esta primera versión en discusión incluye la creación de Cide-Games (Contribuciones para la Intervención en el Ámbito Económico), un impuesto destinado a financiar acciones en turismo y el deporte, para contribuir a la lucha contra el juego problemático.

Las empresas que aspiren a operar en Brasil, deberán tener sede y administración en el país, y deberán cumplir con los lineamientos para obtención de licencias aún por establecer del regulador.

El Grupo de Trabajo que revisa el texto puso a disposición el proyecto inicial, para el debate sobre la estructura, la organización, las directivas y las principales normas del marco regulador de juegos y apuestas.

CONTINÚAN LOS CAMBIOS

El borrador está sujeto a modificaciones y su propósito es el de proporcionar una base inicial para la discusión entre parlamentarios, con vistas a la preparación del Informe Final del Grupo de Trabajo, que se presentará al presidente de la Cámara de Diputados, Arthur Lira.

El proyecto no define el modelo de casinos que se implementarán en Brasil, ni se permitirán solo en complejos turísticos integrados, pero por lo que se entiende inicialmente, se habilitarían los casinos “urbanos”, ya que el único párrafo del art. 8 o define como “la práctica y explotación de juegos y apuestas podrá realizarse en establecimientos físicos o virtuales, previa obtención por parte del interesado, de los actos de consentimiento de la Autoridad Pública, en los términos de esta ley.

Además del Sinaj, se propone la creación del Renajogo (Registro Nacional de Jugadores y Apostadores), para garantizar el control de la actividad desde el punto de vista del jugador. Según la propuesta, ningún jugador podrá participar en juegos o apuestas sin registrarse previamente. La base de datos servirá para controlar y registrar el acceso a las apuestas, y permitirá seguir el comportamiento de los jugadores para garantizar su protección y la prevención de la ludopatía.

Para operar en Brasil, las empresas deberán tener sede y administración en el país, y estarán sujetas a las normas que defina el órgano federal de regulación y supervisión, que establecerá los criterios para la concesión de la licencia de funcionamiento.

Las reglas para cada modalidad de juego aún no se han establecido y están, según el borrador, en preparación o revisión, así como no se definieron los derechos de licencia, los impuestos y la división de los recursos entre la Unión, los Estados y el Distrito Federal.

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