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Primer gran paso en Colombia

Mientras el Gobierno peruano le ha puesto trabas a la industria del juego para acceder a créditos de capital de trabajo, en Colombia se empezó a colocar los cimientos para la reactivación del sector.

Primer gran paso en Colombia

El sector del juego en Colombia recibió una excelente noticia a mediados de abril. A través del Decreto Legislativo 576, se estableció la reactivación de las operaciones de la industria, bajo protocolos de sanidad obligatorios para el cuidado de los jugadores.

De acuerdo al anuncio, el ente regulador del país, Coljuegos, coordinará  previamente con el Ministerio de Salud y Protección Social cuáles serán las medidas a tomar en cuenta, referidas a la capacidad de aforo y distanciamiento social.

Esta decisión del Gobierno se enmarca, a su vez, en que el sector del juego pueda seguir contribuyendo al país en su lucha contra el coronavirus. Cabe resaltar que el año pasado la industria logro recaudar 1.7 billones de pesos, que fueron destinados para la salud de los colombianos.

El 24 de abril fue otra fecha importante, ya que se promulgo el Decreto 593, con el que se establecía que, desde el 27 de abril, los establecimientos del chance y las loterías retornarían a sus funciones. Esta excepción se dio porque los puntos donde se comercializan estos juegos también sirven para la realización de otros pagos. No obstante, la reapertura de casinos aún no tiene fecha.

Desde el regulador

El presidente de Coljuegos, Juan B. Pérez, comento que desde el primer día de promulgada la cuarentena, y viendo los efectos que esta emergencia traería al sector, la institución comenzó a formular un plan de acción para que la industria no se vea tan afectada.

“Como Estado, queremos garantizar su sostenibilidad, no solo porque contribuyen a financiar la salud de los colombianos, sino porque son generadores de más de 100 000 empleos de calidad en nuestro país, dinamizan las economías de los territorios y constituyen una verdadera cadena de valor económico y social asociada a la industria”, acoto el regulador.

En dicho marco, recientemente anuncio —en una videoconferencia organizada por SAGSE— que ya se encuentran habilitados los juegos virtuales y que están estudiando la reglamentación de la liquidez internacional, para poder jugar con otros países.

Asimismo, que vienen trabajando en una línea de crédito especial con Bancoldex, banco de segundo piso que fondea a los de primer piso, y están buscando que la banca estatal (el Banco Agrario) también les permita abrir otra línea de crédito, con el fin de que el sector pueda tener liquidez.

Primer gran paso en Colombia
Presidente de Coljuegos, Juan B. Pérez

Promoción del juego

Adicionalmente, se aprobó que el Baloto y el Super Astro podrán ser vendidos en las 16 plataformas de juego online de Colombia. “Ya tenemos los requerimientos técnicos y la idea es que en un periodo corto los jugadores puedan acceder a los entretenimientos virtuales, casinos en vivo y jugar Baloto y Super Astro a través de plataformas establecidas, con un costo igual al punto físico”, acotó Pérez.

El regulador aclaro que si anteriormente la transferencia de algunos juegos era semestral ahora será mensual, lo que permitirá trasladar a la salud de los colombianos cerca de 70 000 millones de pesos.

Respecto a los casinos y bingos se está trabajando en el protocolo para salvaguardar la salud de los jugadores y una vez aprobado, en una segunda etapa, se buscará su reactivación, ya que este rubro de localizados genera el mayor recaudo porcentual.

Alcance de medidas

En el documento se establece, en primer lugar, que de mayo a diciembre del presente año, la distribución y transferencia de recursos del sector se realizara al mes siguiente de lo recaudado y no semestralmente, sin dejar de aplicar los porcentajes o disposiciones previstos en el artículo 40 de la Ley de 2001.

Otro ítem recae en que los operadores podrán solicitar la disminución temporal del número de elementos de juegos autorizados en los contratos de concesión, con el fin de atender las restricciones de aforo que se vayan a adoptar, y sin que se exija un número mínimo de elementos en dicho plazo.

Respecto a las compañías de lotería tradicional o billetes, la norma indica que, excepcionalmente, y durante todo este ano, se podrá superar el 15 % de los ingresos brutos del juego. Los efectos ocasionados por el COVID-19 se tendrán en cuenta para calificar la eficiencia establecida en el artículo 52 de la Ley 643 de 2001, y que para este 2020 será indicativa.

Normativas económicas

Se ha dispuesto, además, que las entidades administradoras del monopolio rentístico de los juegos de suerte y azar, y los operadores podrán establecer acuerdos de pago por cada contrato de concesión y por una sola vez. Es decir, aquellos tributos por explotación y gastos de administración que se debían pagar en marzo y abril tendrán un plazo de hasta seis meses para cancelarlos, siempre que la póliza garantice el monto y tiempo del acuerdo, sino se deberá establecer una clausula aceleratoria. De no llegarse a cumplir lo pactado, se iniciará un proceso de incumplimiento contractual contra la empresa.

Por otro lado, se estableció que en el 2020 y el 2021, los recursos provenientes del 25 % del monto que se destina al control del juego ilegal, también se utilizaran para garantizar el cumplimiento de las funciones de seguimiento contractual y de gestión a los autorizados.

A su vez, no se tendrá en cuenta el ano contractual que incluya los meses de marzo y diciembre del 2020, para efectos de verificar el cumplimiento de los acuerdos relacionados con la rentabilidad mínima o ingresos brutos garantizados, teniendo como consecuencia que no se operara la compensación contractual establecida en el artículo 60 de la Ley 1955 del 2019.

Juego online

En el decreto también se establece que —entrada en vigencia la disposición y por un ano— los fabricantes de Máquinas Electrónicas Tragamonedas (MET), sus representantes o distribuidores en Colombia, o los operadores por contrato de concesión que las compren directamente a un fabricante, podrán importar elementos de juego usados remanufacturados, siempre que se trate de modelos certificados.

Asimismo, la explotación de tarifa fija que deben pagar los empresarios de juegos de suerte y azar novedosos por Internet de los meses de marzo, abril y mayo se reducirá en 50 %. El descuento se apreciara en la próxima declaración, liquidación y pago de los derechos de explotación de tarifa fija anual. En dicho marco, aquellos que venzan en el tercer trimestre, Coljuegos les podrá otorgar plazos de hasta tres meses, sin generar intereses y siempre que la póliza garantice el monto y el plazo.

Durante los dos meses siguientes a la reanudación de los contratos de concesión y en el mismo porcentaje, se disminuirán los derechos de explotación de tarifa permanente que se paguen sobre elementos distintos a las MET y bingos, y también los demás cobros fijos que se generen en los contratos de concesión, exceptuando los correspondientes al pago de interventorías.

Protocolos en establecimientos

Juan B. Pérez comunico que entre las medidas adoptadas para la reapertura de los establecimientos de juego están el uso de tapabocas, la distancia mínima de dos metros entre los jugadores y que cada tres horas se tiene que desinfectar los sitios donde haya operación. Referido a los trabajadores, se ha propuesto que realicen sus labores en varios turnos, para evitar el congestionamiento en el transporte.

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